este Tribunal a los fines de mantener la igualdad y salvaguardar el derecho que tienen las partes y respetando el debido proceso, ordena notificar a las partes del presente auto y una vez cumplida esta formalidad comenzará a transcurrir el lapso de evacuación de las pruebas y se procederá a librar los oficio y las comisiones correspondientes, previa consignación por la parte interesada de las copias simples a certificar.