Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: INADMISIBLE la demanda que por DESALOJO (Local Comercial) incoara el ciudadano JOSÉ AVELINO GOMES contra el ciudadano JULIO CÉSAR DA CUNHA ZAMBRANO, plenamente identificados en la primera parte de la presente decisión, como consecuencia de ello, se anula el auto de admisión de la demanda, así como, todos los actos procesales subsiguientes, efectuados en esta causa, incluyendo la sentencia de merito.
Segundo: Se REVOCA la sentencia de fecha 03 de junio de 2024, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circu.....