DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: : PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por los ciudadana CELIS BERENA contra la entidad de trabajo AVON COSMETICS DE VENEZUELA C.A. SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar los conceptos condenados en la parte motiva del fallo en extenso; TERCERO: No hay condenatoria en costa, vista la naturaleza del fallo.