Por las razones anteriores, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano HORACIO PEDRO RODRIGUES DE PONTE, contra los ciudadanos AGOSTINHO DOS SANTOS y RAFAEL MIGUEL DOS SANTOS por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OBRA; SEGUNDO: Se condena a la demandada a cumplir con su obligación contractual de pagar, debidamente indexada, la cantidad de SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 625.000,00), por concepto de saldo deudor derivado del contrato de obra suscrito en fecha 27 de mayo de 2009, correspondiente a lo ejecutado en el local Comercial BATIDOS PARSA, C.A.; TERCERO: Se condena a la demandada a cumplir con su obligación de pagar, debidamente indexada, la cantidad de CUATROCI.....