Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: SIN LUGAR la presente demanda que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO sigue el ciudadano Hildemaro Alfonso Abreu Contreras, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.226.318, en contra de la parte demandada ciudadana Alicia Marlene Romero Bauste, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.315.815, señalada como habida con la de cujus Marisol Romero Baute, desde el 02 de enero de 2013 hasta el fallecimiento de esta ultima el día 24 de junio de 2022. Notifíquese mediante boleta a las partes de la presente decisión por haberse dictado la misma fuera del lapso previsto en el artículo 251 .....