Por los razonamientos anteriormente expuestos y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN al Desistimiento formulado por el Apoderado Judicial de la parte actora, lo dá por consumado y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE. Devuélvase el original solicitado previa su certificación en autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimotercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Seis (6) días del mes de Julio de Dos mil seis (2006). AÑOS: 196° Y 147°.
LA JUEZ,
Abg. IRENE GRISANTI CANO.
EL SECRETARIO,
Abg. RAFAEL ABREU R.
IGC/RAR/MVAR.-
EXP.: 2002/0533.-
En la misma fecha y siendo las se publicó y registró la anterior decisión.
.....