En consecuencia, debe especificarse el último salario integral con su respectiva operación aritmética. Es decir, la suma de la alícuota del bono vacacional, de la alícuota de las utilidades y del salario diario, va a arrojar el monto del salario integral, calculo que no se evidencia de autos, por lo que debe subsanarse el libelo de la demandada en este punto. Así se decreta.
Por lo precedentemente expuesto, se ordena a la parte actora ELIZABETH JOSEFINA PEREZ SALINAS quien a su vez es apoderada judicial de la ciudadana ANA MERCEDES SALINAS y MILAGROS JOSEFINA FLORES ABREU, venezolanas, solteras, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad V 3.639.100 y V8.790.261, la ultima nombrada como representante del adolescente JOSE RAFAEL PEREZ FLORES, venezolano, titular de la cedula de identidad 26.299.467 los cuales son los únicos y universales herederos del ciudadano ORLANDO RAFAEL PEREZ SALINAS, y/o sus apoderados judiciales José Luis López Arroyo y Graciela Silva de Blanco.....