No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, en remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en Valle de la Pascua, a los doce (12) días del mes de Agosto de 2015, año 205º de la Independencia y 156º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. YELITZA JOSEFINA LOPEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ANAMAR PÉREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
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