Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos REINA TRINI MOTA GOMEZ y ALFONZO ALBERTO ROSALES BERNAIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.056.339 y 12.617.867, respectivamente; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Leonardo Infante del estado Guárico, en fecha 07 de Noviembre de 1.997, según acta Nº 33.