Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA NULIDAD DE LAS ACTUACIONES DEL PRESENTE JUICIO, y en consecuencia REPONE LA CAUSA al estado que se cite al demandado, ciudadano: JUAN CARLOS VANESCA MÁRQUEZ,