Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación de Acta de nacimiento, procede a resolverlo SUMARIAMENTE y en tal sentido este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPOCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ANGELICA MARTINA GOMEZ TOIRRELLES, ya identificado, en lo que respecta al primer nombre y último apellido de su madre ciudadana: Lucrecia Antonia Torrelles Orozco y en consecuencia el Primer nombre correcto es “ LUCRECIA, y el segundo Apellido correcto es “OROZCO” tal como aparece, de los recaudos consignados a la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento., quedando así rectificada la misma. De conformid.....