SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana MARIELA GRATEROL contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que devengaba menos de 03 salarios mínimos actuales. Así se decide.