DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "Los Palos de Aguas", ubicado en el sector Mangas Coberas, Parroquia Cazorla, Municipio San Geronimo de Guayabal del estado Guárico, constante de una superficie de setenta hectáreas con setecientos sesenta y cuatro metros cuadrados (70 has con 764 mts 2), alinderado de la siguiente manera, Norte: Caño El Garcero; Sur: Río Apurito; Este: Terrenos ocupados por Fundo Los Mangos II y Oeste: Terrenos ocupados por Fundo Los Mangos, a favor de la ciudadana Oneida del Valle Rivera Solórzano, venezolana, mayor de edad, titular de la .....