En razón de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 03 de diciembre de 2012, la cual queda anulada. SEGUNDO: Se repone la causa al estado de que el Juzgado de Juicio a quien corresponda conocer, decida con arreglo a las resultas del procedimiento de nulidad interpuesto por, ESTACION DE SERVICIO CONTINENTAL, H.R., C.A., contra la Providencia Administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador, Sede Norte, signada con el N° 316/11 de fecha 31 de mayo de 2011, cuya beneficiaria es la actora en este juicio, Ciudadana, YRIS DEL VALLE DURAN, mayor de edad, de este.....