Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEFENSA OPUESTA POR LA PARTE DEMANDADA "INVERSIONES HOTEL DUBAI SUITE, C.A.", relativa a que el recurso de apelación interpuesto por la parte actora es extemporáneo, improcedente e inadmisible, ello por cuanto, la decisión recurrida se pronunció habiéndose interrumpido la estadía a derecho de las partes, y la misma debió ser notificada. SEGUNDO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto el 22 de septiembre de 2022, por el abogado JOSÉ ALEJANDRO SALAS OLIVEROS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, la sociedad mercantil "HOTEL DUBAI SUITE, C.A.", contra la decisión dictada el 11 de agosto de 2022, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, .....