En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, extensión Calabozo, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: El DECAIMIENTO DE LA ACCION en la solicitud de Separación de cuerpos presentada por los ciudadanos PATRICIA MARIA NOVIELLO ALONZO y PEDRO MIGUEL SOSA LANZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad números V-14.238.462 y V-13.948.461, respectivamente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo en el copiador de sentencias de éste Juzgado. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y S.....