CUARTO: En virtud de lo anteriormente expuesto, y siendo el caso de autos que se recurre contra una sentencia interlocutoria, a la cual no se oirá recurso, por ser contra una resulta de una incidencia de recusación, este Tribunal Superior Marítimo NIEGA el Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por la abogada NAILLIW ANDRADE FLORES, apoderada judicial de la parte demandada recusante AMERICAN AIRLINES INC., en fecha 29 de abril de 2009. ASÍ SE DECIDE