En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos ANTONIO RAMON DELGADILLO VALERO y NORAIDA PARRA DE DELGADILLO, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 19 de diciembre de 1981, por ante la Prefectura de la Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera, estado Trujillo, bajo acta Nº 329, de los Libros de Registro Civil llevados al efecto por ese Despacho durante el año 1981.