Revisado el escrito de Titulo Supletorio y sus anexos correspondientes, se evidencia, la diferencia existente en cuanto a la dirección, donde se constata que en la solicitud, aparece ubicada en el Final de la Calle El Rosario, Casa Nº 15-04 segundo nivel, Las Minas, Parroquia Las Minas, es contradictoriamente a lo que aparece en la Dirección Planificación Urbana y Catastro, de fecha 26/04/2010, que corre inserto al folio 3, de la presente solicitud, un terreno ubicado en el Sector Santa Cruz del Este, calle El Rosario, Callejón La Familia, casa Nº 23, piso 2, s/n de Catastro, en tal sentido vista la incongruencia señalada es deber de este Tribunal negar la admisión de la misma y lo peticionado