Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada NURY GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.666, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha cinco (05) de abril de 2017, por el Tribunal Décimo Segundo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano HENRY JOSÉ ALBARRAN ESPINOZA, contra la empresa OPERADORA EASTCREST DE VENEZUELA 2005 S.A.- TERCERO: Se condena a la parte demandada a cancelar al actor todos los conceptos detallados en la motiva del fallo. CUARTO: Se Modifica el fallo apelado. QU.....