Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por Divorcio Contencioso sigue el ciudadano Amador Wilfredo Yañez Manrique, contra La ciudadana Yanhara Inés Caldera, todos suficientemente identificados al inicio de este fallo, decide:
ÚNICO: Se REPONE LA CAUSA al estado de notificar al Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que tenga lugar el primer acto conciliatorio. En consecuencia, se ANULAN todas las actuaciones celebradas a partir del día veinticinco (25) de Enero de dos mil once (2011), fecha en que se llevó a cabo el primer acto conciliatorio.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
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