Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 13 de junio de 2012, por el abogado JOSE GUARAPO, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 41.897, contra la decisión de fecha 10 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio, del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional, intentada por la ciudadana: MARÍA ERNESTINA CACUA MORENO contra FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE LA UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR (FONJUSB); en consecuencia, se ordena a esta última a dar cumplimiento al acta Administrativa signada con el Nº 00224-10 de fecha 21 de.....