Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de junio de 2008. Segundo: Por razones de estricto orden público ya señaladas, se anula el fallo dictado por primera instancia, por cuanto no pudo cumplir su cometido al no haberse realizado el debido proceso, y en consecuencia, se homologa la voluntad manifiesta por la parte actora en fecha 07 de agosto de 2007, equivalente a un desistimiento, irrevocable una vez expresado, se le confiere la cualidad de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y se da por terminado el p.....