Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Niega la solicitud de prolongación de presentaciones solicitada por la defensa del acusado LUIS GERARDO VARGUILLA PAEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad N° 11.844.609. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y al acusado de lo decidido. Cúmplase.-
EL JUEZ DE JUICIO Nº 03