De conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a favor de la ciudadana ANA CECILIA LEAL RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V- 5.312.188, causahabiente del De-Cujus AURA JOSEFINA RODRIGUEZ ARAUJO.