En virtud de las consideraciones de mérito antes expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por desalojo incoada por el ciudadano JOEL DELFÍN GUERRERO GARCÍA, contra la ciudadana ZULEIMA DEL CARMEN GARCÍA RIVERA, plenamente identificados; y en consecuencia, SE ORDENA el desalojo del inmueble compuesto de un lote de terreno propio y sobre él construido una casa para habitación, ubicada en la Segunda Avenida El Parque, marcada con el Nro. 15, de la Urbanización Urdaneta, Catia, Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORESTE: En diecisiete metros (17 mts) con la casa Nro. 16, que tiene a su frente a la Segunda Avenida El Parque; SURESTE: En diez metros con noventa centímetros (10,90 Mts) con la Segunda Avenida El Par.....