En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: COMPETENTE para conocer del juicio de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico. Segundo: SIN LUGAR el recurso de APELACIÓN interpuesto por la representación legal del Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza del Estado Guarico (Sinteg). Tercero: SE CONFIRMA el auto recurrido de fecha 27 de Septiembre de 2007, proveniente del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.