Se Admite la acusación presentada por la Fiscalía Centésima Vigésima Segunda (122º) del Ministerio Público con Competencia Plena de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en contra del ciudadano JONATHAN YOGERSON MUÑOZ CIPRIANO, titular de la cédula de identidad Nro 14.787.142, por la comisión presunta del delito de HURTO AGRAVADO, tipificado en el artículo 452 numeral 8 del Código Penal, en agravio del ciudadano MISIEL DE ASIS GABRIEL JOSE.
Pasa seguidamente este tribunal a pronunciarse sobre la admisión o no de los medios de prueba ofrecidos por la representación Fiscal y en tal sentido ADMITE la declaración de los expertos ERIKA CAMPOS, JESSICA COLMENARES, JUAN BETANCOURT, JONATHAN GORDCHEIDT y RAMIREZ GREIMAR, todos adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas.
Asimismo, ADMITE el tribunal, el testimonio del funcionario JOSE MARQUINA, y de la victima MISIEL DE ASIS GABRIEL JOSE, por ser el primero, el funcionario actuant.....