Es por todo los razonamientos anteriormente expuestos que; este Juzgado Quinto de Ejecución para el Régimen de Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: La Cesación por cumplimiento de la medida de Libertad Asistida y Reglas de Conductas, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que fuera dictada del joven: IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad Venezolana, de 20 años de edad, nacido en fecha 28-06-1.989, de estado civil soltero, hijo de Ana Santana (v) y Juan Vegas (v), residenciado en: CALLE 10 DE LOS JARDINES DEL VALLE, CASA Nº 31, CARACAS, por el lapso de OCHO (08) MESES, dictada por el Juzgado Octavo de control 09-01-07. SEGUNDO: Se deja constancia que se decreta la libertad plena del joven supra identificado, de conformidad con lo es.....