Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARÍA BELINDA SULBARAN ALBARRAN y YAKSON ALÍ VASQUEZ RUIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nº V-14.927.560 y V-14.534.862, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos el quince (15) de junio de 2000, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, consignando a tales efectos copia certificada del acta Nº 212, Folio 262, del año 2000.