Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de noviembre de 2024 por la abogada Lucía Marzullo Mónaco, contra la decisión dictada en fecha 04 de noviembre de 2024 por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien negó las medidas cautelares nominadas e innominadas solicitadas por la ciudadana MARILENA PARCA PISANO, en el juicio que por DIVORCIO POR DESAFECTO solicitara el ciudadano GUIDO DANIELE MARCHESINI DI PISA.
Segundo: Se NIEGA con la motivación expue.....