El Tribunal en virtud de la exposición realizada ante este Despacho por la ciudadana: GRETZY EUDALYS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-19.701.587, donde Desiste del Procedimiento en el presente Juicio Nº 1.120-11, con motivo de Obligación de Manutención; este Tribunal en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Se acuerda remitir en su oportunidad al Archivo Inactivo.-