Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada por los ciudadanos STEFANO BASEGGIO GIORIO y JOSEFA ANTONIA HERNANDEZ RODRIGUEZ venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. El Primero de los nombrados con cedula de identidad extranjero al momento de contraer matrimonio N° E-990.781 y actual con cedula venezolana N° V-15.101.390 y la segunda V-7.276.679 respectivamente, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 184 del Código Civil y según Sentencia Nº 693, de fecha 02 de Junio del año 2015, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchan,.....