Por todo lo antes expuesto, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Abg. CAMELIA FERNÁNDEZ, en su carácter de Defensora Pública Duodécima (12) de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), al haberse precisado la inmotivación advertida por la defensa, no obstante, al haber sido presentado el acto conclusivo, se declara la inutilidad de la reposición de la causa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debiéndose mantener en la etapa procesal en la que se encuentra.