PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana GRC en contra de la sentencia de fecha 05 de junio de 2006 en cuanto a haber fijado el día sábado de cada semana alterno para que el padre retire a la niña del hogar materno, en cambio esta Alzada ha fijado los días viernes por las razones establecidas precedentemente. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano FCH, en contra de la mencionada sentencia de fecha 05 de junio de 2006, dictada por la Juez Unipersonal Nº I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de Fijación de Régimen de Visitas.
En consecuencia queda modificado el Régimen de Visitas dictado por el a quo en los términos establecidos en la parte motiva del presente fallo las que se dan aquí por reproducidas íntegramente.
Cabe destacar, la imperiosa necesidad de instar a la parte demandada plenamente identificada, que debe d.....