SEGUNDO
Vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la transacción celebrada en fecha 09 de Agosto de 2.006, por una parte, el ciudadano Abogado Orlando David Guerra Espitia, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, Empresa Mercantil SISTEMA B.R.G., C.A. y por la otra parte el ciudadano GIUSEPPE SORMANO, asistido por el Abogado Luis Enrique Santana Marciales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.413, éste Tribunal luego de haber verificado el instrumento poder que le fué conferido al ciudadano, Abogado Orlando David Guerra Espitia, ya identificado, por ante la Notaría Pública Décimo Novena del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 26/02/1.996, bajo el N° 15, Tomo 11 de los Libros respectivos, comprueba que el mismo tiene plena facultad para transigir en el presente juicio, y por cuanto no existe presunción alguna que la transacción que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa o indirecta d.....