Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos MARIBEL CABEZA DE BERMUDEZ y ARNALDO BERMUDEZ CAMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.311.146 y 3.953.562, respectivamente, y ambos domiciliados en Tucupido, estado Guárico; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Juzgado del Distrito Zaraza de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha 25 de Marzo de 1.974, según acta Nº 14.