este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricta aplicación de los criterios constitucionalizantes, que en materia de divorcio imperan en Venezuela, en especial el desarrollado en el tantas veces mencionado fallo Nº 136, en estricta aplicación de los artículos 2, 3, 26, 77 y 257 de la CRBV , declara CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio por Desafecto con fundamento en la Sentencia Nro. 136 de la Sala Casación civil de fecha 30-03-2017, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial civil existente entre los ciudadanos YUSDEY COROMOTO ROJAS SANCHEZ y JOEL ENRIQUE ARIAS