Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MIGUEL AVILA MATA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra de la sentencia de fecha diecinueve (19) de julio de 2010 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se califica el despido como injustificado del cual fue objeto la trabajadora HORTENSIA VILLASANA, por parte de la CORPORACIÓN DE SERVICIOS METROPOLITANOS, C.A. Se condena a la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Trabajo, cancelar a la accionante los siguientes conceptos: prestación de antigüedad prevista en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Tra.....