PRIMERO: IMPROCEDENTE LA MEDIDA PREVENTIVA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES NO. No 706-12, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas en fecha 06 de septiembre de 2012, en el expediente signado con el No. 027-2012-01-00123., SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.