este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia conforme a los autos se declara a sus Hijos ALDO ENRIQUE MUZZONE MIRANDA y LILIANA MILAGROS MUZZONE MIRANDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.814.834 y V-11.306.394, como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por la DE CUJUS, JESUSA MIRANDA DE MUZZONE,