Decisión de sobreseimiento definitivo, dictado en el presente asunto, a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA. todo de conformidad con lo establecido en el Literal "d" del Artículo 561 de la LOPNA, en concordancia con el Ordinal 3° del Artículo 318 del Copp, por remisión expresa del Artículo 537 Lopna.