la obligación alimentaria será por el doble, queda obligado igualmente, el ciudadano JOSE MANUEL PEREZ, a cubrir los gastos referentes a la atención médica y cualquier otro gasto excepcional, referido al bienestar del niño beneficiario, que la madre no pudiere cubrir ella sola.- Cúmplase, líbrense los oficios correspondientes.-----------------------------------------------------
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.----------------------------
Dado, firmado y sellado en la Sala de este Despacho, a los catorce días del mes de noviembre del año 2006, a las dos y ocho (2:08) minutos de la tarde. Diaríece. Publíquese. Déjese copia para el Copiador de Sentencias. Librense los oficios respectivos con las inserciones correspondientes.---------------------------------------------------
El Juez,
Abg. Jesús Moreno Galindez.-
El Secretario,
Abg. Astroberto H. López Loreto.
En la misma fecha se hizo lo ordenado…………….....