ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A PRONUNCIARSE EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: PRIMERO: Oída la exposición del sancionado, así como vista la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público, quien ha requerido que se le mantenga la sanción de Privación de Libertad, a lo cual se opuso la defensa del sancionado, al respecto observa esta Juzgadora, que de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que: A los folios 138 al 139 de la segunda pieza del expediente, cursa Oficio N° 078-11 de fecha 09-05-2011, mediante el cual el Director de la Casa de Reeducación y Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso, remitió informe evolutivo del sancionado. A los folios 141 y 145 de la segunda pieza del expediente, cursa Oficio N° 111-11 de fecha 07-06-.....