En consecuencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y Trabajadores (LOTTT) este Tribunal le imparte la HOMOLOGACION respectiva a la transacción suscrita por ambas partes en los términos expuestos por éstas, con autoridad de cosa juzgada, con motivo del juicio por cumplimiento de obligaciones laborales, incoado por el ciudadano OSCAR VICENTE REQUENA CAYAMA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.135.003., contra JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO ONIX de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 89 y artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y artículo de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, vigente.