Declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento incoado por el ciudadano RAMÓN ANTONIO MUJICA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.331.000, en contra de la entidad de trabajo INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA (I.N.E), de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22-09-1992, No 28, Tomo 132-A Pro., SEGUNDO: No se condena en costas.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de la presente decisión.
CUMPLASE, REGISTRASE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISION.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEXTO (6°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en‚ ésta ciudad a los catorce (14) días del mes de Noviembre de dos mil dieciocho (2018). Año 208º de la Ind.....