Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida.
Una vez publicado el presente fallo, déjense correr los lapsos a los fines de la interposición de los recursos, vencido el cual sin que las partes hubieren interpuesto alguno, se procederá con la designación del experto contable.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, a los quince (15) días del mes de enero de dos mil diez (2.010). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ,
CRISTIAN OMAR FÉLIZ
EL SECRETARIO,
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