DECRETA: LA NO PROCEDENCIA DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS MENOS GRAVOSAS A FAVOR DEL IMPUTADO: LUIS JAVIER PONCE CARO, previstas en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento a lo dispuesto en los artículos 252 numeral 2. y 262 numeral 2. y 3., eiusdem.
Se declara sin lugar la solicitud de la defensa pública penal.