Este Tribunal, a los fines de garantizarle a la mencionada acusada, el derecho a la salud y asistencia médica previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para todos los venezolanos, acuerda autorizar el traslado de la ciudadana Nellys Pastora Manbel, a dicho Hospital a los fines de que se le realice la consulta y exámenes referidos, instando al Director del Penal realizar previamente las diligencias pertinentes y necesarias a tales fines, y a objeto que con ello no se vea afectado el buen funcionamiento y el orden en el mencionado centro de salud, todo esto en virtud a la problemática que se viene presentando en esa institución asistencial con los traslados, en razón de la situación de riesgo que los mismos implican.
Líbrese el oficio correspondiente al Director de la Penitenciaría General de Venezuela y notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Juez
Abg. Zaida Ávila Piñango
El Secretario,
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