ambas partes a un acuerdo transaccional, acuerdo ratificado en este acto por el apoderado judicial de la parte demandada, quien ofrece cancelar la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 40.000,00), por todos y cada uno de los conceptos descritos en el libelo de demanda. Siendo de la cantidad antes ofrecida, la suma de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 20.000,00) para el accionante FLARI ALEXANDER MORENO BEJAS, y la suma de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 20.000,00) para el accionante RAMON ENRIQUE PARIACANO GONZALEZ, de los cuales reciben en dinero en efectivo y de curso legal en este acto, cada uno de los accionantes antes identificados la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 5.000,00). Respecto a la cantidad restante de TREINTA MIL BOLIVARES FUERES (Bs. 30.000,00) será cancelada dentro de los 45 días consecutivos siguientes, desglosado de la siguiente manera: QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 15.000,00) para el accionante FLARI ALEXANDER MORENO BE.....